01 Abr Integración laboral de personas con discapacidad: Certificado de excepcionalidad.
Las empresas con 50 o más trabajadores están obligados por ley a tener un mínimo de un 2% de su plantilla con personal con discapacidad. Muchas veces es complicado para las empresas el cumplir con ese porcentaje por lo que debemos solicitar un certificado de excepcionalidad.
Requisitos para obtener el certificado de excepcionalidad
– Cuando las empresas justifican la existencia de problemas técnicos, de organización, económicos que hacen muy difícil el incorporar personas con discapacidad.
– Cuando los organismos de los Servicios Públicos de Empleo no pueden cubrir las ofertas de trabajo para personal con discapacidad de una empresa, o cuando los propios trabajadores discapacitados renuncian a estas ofertas.
Cómo conseguir o renovar el certificado de excepcionalidad
– Si es porque no existen trabajadores para cubrir las plazas ofrecidas por la empresa, se solicitará la excepcionalidad ante el Director General del Servicio de Empleo, el cuál tendrá que resolver en el plazo de dos meses. Si transcurre ese plazo sin respuesta se entenderá concedido. El certificado tendrá una validez de tres años.
– Si el motivo es porque la empresa no puede ofrecer plazas para discapacitados por problemas organizativos, técnicos o económicos. La empresa deberá aportar todas las justificaciones necesarias junto a la solicitud del certificado de excepcionalidad. El directo general dispondrá de dos meses para resolver la petición y podrá solicitar toda la información necesaria, así como informes realizados por empresas capacitadas para emitirlas. La validez del certificado también será de tres años.
Los certificados de excepcionalidad son muy importantes para cumplir la ley en el caso que no podamos ayudar a la integración de personas con discapacidad.