Centro especial de empleo Madrid: Beneficios de la contratación

Centro especial de empleo Madrid: Beneficios de la contratación

Centro especial de empleo Madrid

Los Centros Especiales de Empleo son empresas que tienen como objetivo contratar a personas que tengan un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33%. De esa manera se les integra en el mercado laboral con un trabajo convenientemente remunerado y a todas luces productivo. Estas empresas a cambio reciben una serie de ayudas destinadas básicamente a la contratación de trabajadores discapacitados.

El titular de estas empresas puede ser persona pública, privada, física, jurídica o ser una comunidad de bienes. El principal requisito es llevar a cabo una actividad como empresario y tener capacidad jurídica en forma de fundaciones, asociaciones mercantiles, etcétera. Una condición indispensable es que al menos el 70% del total de la plantilla esté compuesta por personas con discapacidad, pues estas empresas son consideradas como centros de integración.

Dicho esto, los Centros Especiales de Empleo tienen derecho a percibir un programa de subvenciones públicas para fomentar el empleo de personas con discapacidad. Los beneficiarios de este tipo de ayudas son fundaciones o empresas que contribuyen a la inserción laboral de estos trabajadores y a cambio perciben una serie de subvenciones públicas que no son sino políticas activas de empleo. Para acceder a esta clase de ayudas lo primero que hay que hacer es inscribirse en el Registro de la Comunidad de

Madrid habilitado para tal función y presentar la correspondiente solicitud. En cuanto a la gestión de estas empresas, por regla general, funciona de la misma manera que el resto, con la particularidad de que éstas fomentan el empleo a personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33%.

Por tanto, para acceder a este tipo de ayudas o subvenciones de la Comunidad de Madrid es preciso que las empresas que se presenten tengan personalidad jurídica y que estén inscritas debidamente en el registro pertinente asociado a los Centros Especiales de Empleo. Evidentemente estos centros deben estar ubicados dentro del territorio de la Comunidad de Madrid y estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y, como no podía ser de otra forma, con la Comunidad de Madrid.

No hay que olvidar que al menos un 70% de la plantilla total de la empresa ha de estar formada por personas discapacitadas y, además, es obligatorio haber implantado un plan de prevención de riesgos laborales, tal y como estable la ley, con el fin de garantizar al máximo la seguridad y salud de todos los trabajadores que trabajen en dicho centro.