Cumplir con la ley de discapacidad

Cumplir con la ley de discapacidad

Cumplir con la ley de discapacidad
Hace unos 35 años se aprobó la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), dado que las personas con discapacidad en condiciones de trabajar no eran tomadas en consideración para ocupar cargos en empresas públicas y privadas. Desde su aprobación, sin embargo, los discapacitados siguieron siendo excluidos del mercado laboral, de modo que la ley no se respetaba. Así, en el año 2014, se produjo una fusión de varias normativas, con el fin de garantizar una verdadera inclusión social del discapacitado. Por ello, en 2013 se aprueba el decreto que modificaría la LISMI, la denominada Ley General de Discapacidad. Esta ley ha logrado concertar tres normas: la LISMI, la Ley de Igualdad No Discriminación y Accesibilidad Universal del año 2003, y la Ley de Infracciones y Sanciones de 2007.
A través de esa fusión se logra dinamizar la integración de las personas con discapacidad a la sociedad, al mismo tiempo que se les garantizan sus derechos. Con esta ley, las empresas que empleen a 50 o más trabajadores se encuentran en la obligación de destinar el 2 % de su plantilla a estos individuos. La ley establece que aquellas empresas que no reúnan las condiciones necesarias para contratar a discapacitados podrán recurrir a excepciones o medidas alternativas que, en todo caso, deberán justificarse. Los motivos de excepción pueden ser por causas que hagan imposible la contratación de estas personas, así como la imposibilidad de que los servicios de empleo cubran las ofertas de trabajo. Las medidas alternativas, en cambio, constan de donaciones, enclaves laborales a través de un CEE, o el contrato con un CEE o un trabajador autónomo con discapacidad.